Obras de Comunidad de Propietarios

Obras de Comunidad de Propietarios Alicante

Obras de Comunidad de Propietarios

QUE DUDAS SE NOS PUEDEN PLANTEAR EN OBRA EN COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

Supongamos que quiero hacer obras en comunidades de propietarios y no sé hasta que punto puedo realizarlas o no. Que quiero hacer obras en mi casa pero estas de alguna forma afectan a la comunidad de propietarios. ¿Cómo saber a que tengo derecho como propietarios o inquilino de una vivienda a hacer obras en mi casa o incluso en la comunidad de propietarios?

Derechos como propietario o inquilino

Esta es una de las dudas más frecuentes que se nos presentan cuando queremos acometer alguna obra en nuestro lugar de residencia. En las comunidades de propietarios existen una gran diversidad de pareceres, creencias, normas, etc. como en la misma vida. No obstante como entra en juego la convivencia dentro de una comunidad.

Quien no ha estado nunca en una reunión de propietarios , la tensión de la convivencia y no digamos nada de cuando es necesario adoptar decisiones que van a ocasionar molestias o un gasto económico extra a los vecinos.
Desde nuestra empresa y desde lo que nuestro ámbito empresarial compete de la obra, queremos aportar nuestro granito de arena para intentar esclarecer en cuanto a la ejecución de obras en comunidades de propietarios atañe.

Por nuestra experiencia en la realización de obras en Comunidades de Propietarios los temas más comunes suelen ser:

  • La instalación de un ascensor
  • La intervención de cada vecino en las obras en elementos comunes
  • Cerrar terrazas
  • Reparación de cubiertas pertenecientes a áticos
  • Obras de mejora, reparación o mantenimiento en la comunidad

A continuación vamos a profundizar sobre cada aspecto.

1. Instalación de un ascensor

Es un gasto importante, y como muchas cosas donde interviene el dinero conlleva grandes desacuerdos.
Existen normas y leyes que hacen la instalación de un ascensor obligada, si por ejemplo lo solicitan mayores de 60 años o con alguna discapacidad y siempre que el coste de la obra no supere las 12 mensualidades de las cuotas de los propietarios.

Y en caso de que sea mayor a las 12 mensualidades será necesario contar con la aprobación de la mayoría de los vecinos. Aun así y si el voto es negativo, los solicitantes aun podría realizar las obras aun que corriendo totalmente con los gastos.

2. La intervención de cada vecino en las obras de los elementos comunes

La obras puramente de reparación y mantenimiento de elementos comunes (bajantes generales, saneamiento de pozos, trabajos en fachada) son de obligado cumplimento por que entra en la obligación de cada propietario a la conservación de la viviendas.

En cuanto que para la ejecución de estas obras afecten a las diferentes unidades de la comunidad de propietarios, como la entrada en las viviendas o locales del edificio. Los propietarios están obligados a facilitar el acceso a los operarios siempre que se demuestre que esas actuaciones son estrictamente necesarias y no hay otra forma de realizarlas. En caso de negarse a cumplir con estos preceptos, este caso conllevaría a poder exigir indemnizaciones por daños y molestias ocasionadas, incluso pudiéndose emprender acciones judiciales.

3. Cerrar terrazas

Hay que tener en cuenta que al cerrar terrazas se está modificando el cómputo de superficies construidas y útiles de las construcciones, que reguladas por las normativas urbanísticas de cada municipio y con lo cual sería necesario un permiso o licencia a tal efecto, expedida por el Ayuntamiento de turno.

La Ley de Propiedad Horizontal permite cerrar las terrazas y balcones de todo el edificio si con ello se mejora la eficiencia energética en un 30%, aunque para tomar esa decisión es necesario contar con el apoyo de las 3/5 partes de los vecinos.

En caso de ser sólo uno de los propietarios el que quiere cerrar la terraza, debe pedir la aprobación en junta. Si se lo negasen y hubiera, precedentes de otros vecinos que han realizado esa misma reforma, podrá ir a los tribunales por poder considerarse un agravio comparativo.

4. Reparación de cubiertas pertenecientes a áticos

La cubierta es un elemento comunitario, aunque su uso pueda ser privativo como terraza. Teniendo el propietario que tiene este uso privativo realizar el mantenimiento común. En caso de goteras y humedades, se tendrá que evaluar por perito competente la procedencia de las mismas: evaluando si es por el natural deterioro del sistema de impermeabilización, estando obligada la comunidad a costear la reparación como responsable de la conservación del edificio.

En caso de determinarse si ha sido por un mal uso o por dejadez en el mantenimiento por parte e este propietario beneficiario del uso privativo, será el mismo el que tendrá que hacerse cargo.

5. Obras de mejora, reparación o mantenimiento

No es lo mismo una reforma de la pocería por deficiencias, que la compra de elementos decorativos para el portal. La primera es una obra necesaria y todos los propietarios están obligados al pago. La segunda es una mejora y si su coste suma la totalidad de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, quienes no estén conformes se pueden abstener del pago.

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